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Contenidos útiles para la práctica registral._Edita: Joaquín Delgado Ramos (Registrador de la Propiedad y Notario)

TITULAR:

DEFECTOS HABITUALES EN LA CALIFICACION REGISTRAL DE LA SOLICITUD DE GEORREFERENCIACION DE FINCAS.

Contenido:

Aquí tiene un LISTADO DETALLADO Y SISTEMATIZADO DE DEFECTOS EN MATERIA DE GEORREFERENCIACIÓN,

 


* LISTADO DE DEFECTOS CALIFICABLES EN MATERIA GRÁFICA Y DE GEORREFERENCIACIÓN

 

* I. DEFECTOS TÉCNICOS Y FORMALES DE LA DOCUMENTACIÓN GRÁFICA

1. ARCHIVO INFORMÁTICO NO LEGIBLE O CORRUPTO.

  • Defecto: El Código Seguro de Verificación (CSV) del Informe de Validación Gráfica Catastral (IVGA) o el fichero GML aportado no es legible, no carga o no es validado por la aplicación gráfica registral homologada.
  • Fundamento: Impide realizar el análisis de superposición y las notificaciones obligatorias. Art. 9 LH y Resolución conjunta DGRN-Catastro de 26/10/2015,.

2. FALTA DE AUTENTICACIÓN POR EL TITULAR.

  • Defecto: La representación gráfica alternativa (GML) no consta autenticada con firma electrónica o ratificada expresamente por el propietario de la finca. No basta la firma del técnico.
  • Fundamento: Art. 199 LH y Apartado 7º de la Resolución conjunta de 26/10/2015. El consentimiento del titular es esencial para definir el objeto de su derecho,.

3. FALTA DE METADATOS EN DESPLAZAMIENTOS CARTOGRÁFICOS.

  • Defecto: Se aporta una representación gráfica que implica un desplazamiento o giro respecto a la cartografía catastral, pero el informe técnico no hace constar la magnitud y dirección exacta del desplazamiento (vector de desplazamiento).
  • Fundamento: Apartado 7º de la Resolución conjunta de 29/10/2015. Es necesario para que Catastro pueda corregir su cartografía,,.

4. FALTA DE SISTEMA DE REFERENCIA OFICIAL.

  • Defecto: Las coordenadas no están expresadas en el sistema geodésico oficial (ETRS89 para Península/Baleares o REGCAN95 para Canarias) y proyección UTM.
  • Fundamento: Resolución conjunta de 26/10/2015,.

* II. DEFECTOS EN OPERACIONES DE MODIFICACIÓN DE ENTIDADES (SEGREGACIÓN, DIVISIÓN, AGRUPACIÓN)

5. FALTA DE GEORREFERENCIACIÓN DE TODAS LAS FINCAS RESULTANTES.

  • Defecto: En una división o segregación, falta aportar la georreferenciación (GML) de todas las fincas resultantes, incluyendo obligatoriamente la finca resto. No es admisible georreferenciar solo la porción segregada.
  • Fundamento: Art. 9.b) LH. Doctrina DGRN (Res. 24-10-2016 y 11-4-2019). Cualquier modificación que genere una nueva finca registral exige la inscripción gráfica de todas las resultantes,,,.

6. LA LICENCIA DE PARCELACIÓN NO INCLUYE LAS COORDENADAS (ANDALUCÍA/LISTA).

  • Defecto: La licencia municipal de segregación o parcelación incorporada no contiene las coordenadas UTM del perímetro de las fincas resultantes.
  • Fundamento: Art. 140 de la Ley 7/2021 (LISTA) y Art. 299 y 303 de su Reglamento. La autorización administrativa debe estar georreferenciada,.

7. ALTERACIÓN DE SUPERFICIE QUE ENCUBRE OPERACIONES NO FORMALIZADAS.

  • Defecto: La superficie de la finca resultante de una antigua segregación difiere desproporcionadamente de la inscrita (ej. aumento del 684%), lo que evidencia que no es un error de medición, sino una alteración de la realidad física (agregación encubierta) o un incumplimiento de la licencia original.
  • Fundamento: Art. 9 y 199 LH. Res. DGRN 8-7-2025. Se vulnera la identidad de la finca,,.

* III. DEFECTOS EN DECLARACIONES DE OBRA NUEVA

8. FALTA DE COORDENADAS DE LA SUPERFICIE OCUPADA (INCLUSO EN CONSTRUCCIÓN).

  • Defecto: No se aportan las coordenadas de la porción de suelo ocupada por la edificación (huella). Este requisito es imperativo y no admite dispensa para obras en construcción, siendo obligatorio también por legislación autonómica (LISTA en Andalucía).
  • Fundamento: Art. 202 LH y Disp. Adicional 9ª Ley 7/2021 Andalucía.

9. FALTA DE GEORREFERENCIACIÓN PREVIA DE LA FINCA (SUELO).

  • Defecto: Se aportan las coordenadas de la edificación, pero la finca sobre la que se asienta no tiene inscrita su base gráfica georreferenciada. Es presupuesto esencial inscribir la gráfica de la finca (vía art. 199 LH si es preciso) para comprobar mediante análisis geométrico espacial que la obra no se extralimita.
  • Fundamento: Art. 202 LH. Res. DGSJFP 24-6-2025. Sin georreferenciar la finca, no se puede asegurar que la edificación esté dentro,,,,.

10. INCOHERENCIA ENTRE SUPERFICIE OCUPADA LITERARIA Y GRÁFICA.

  • Defecto: La superficie ocupada que resulta del listado de coordenadas aportado no coincide con la superficie ocupada declarada en el cuerpo de la escritura o en el certificado técnico.
  • Fundamento: Principio de especialidad y Art. 202 LH.

11. PISCINA EN PH SIN GEORREFERENCIAR EL ELEMENTO PRIVATIVO.

  • Defecto: Se declara una piscina sobre un elemento privativo (jardín) de una Propiedad Horizontal, pero falta acreditar que la piscina se ubica íntegramente dentro de ese elemento privativo. Para ello se requiere la georreferenciación previa del elemento privativo.
  • Fundamento: Art. 202 LH y Res. Circular 3-11-2015. Tutela de elementos comunes y colindantes.

* IV. DEFECTOS EN PROCEDIMIENTOS DE INSCRIPCIÓN GRÁFICA (ART. 199, 201, 203, 205 LH)

12. INVASIÓN DE FINCA YA GEORREFERENCIADA (CERTEZA DE SOLAPE).

  • Defecto: La georreferenciación pretendida solapa o coincide parcialmente con la base gráfica de otra finca ya inscrita. Al existir certeza geométrica y no meras dudas, se deniega la inscripción (o el inicio del trámite).
  • Fundamento: Art. 9 y 199 LH. Principio de prioridad registral (Art. 17 LH),,,.
    • Solución: Inscripción parcial de oficio recortando la zona de solape,.

13. DUDAS DE IDENTIDAD POR ENCUBRIMIENTO DE NEGOCIOS.

  • Defecto: Se deniega la inscripción porque la alteración gráfica (forma y superficie) es tan sustancial que encubre una operación de modificación de entidades (agregación, agrupación o segregación) no documentada, o intenta inmatricular terreno colindante bajo la apariencia de rectificación.
  • Fundamento: Art. 199 y 201 LH. Res. DGRN 18-9-2019. No hay correspondencia con la finca registral,,,.

14. INVASIÓN DE DOMINIO PÚBLICO (DUDAS FUNDADAS).

  • Defecto: La representación gráfica invade zonas de dominio público (vías pecuarias, montes, carreteras, dominio marítimo-terrestre) según la información territorial asociada o la oposición de la Administración.
  • Fundamento: Art. 9, 199 y 205 LH. Protección constitucional del dominio público,,.

15. OPOSICIÓN DE COLINDANTE REGISTRAL DOCUMENTADA.

  • Defecto: Un colindante registral formula oposición expresa aportando prueba documental o técnica que evidencia la invasión de su finca o la inexactitud de la representación propuesta, generando dudas fundadas al Registrador.
  • Fundamento: Art. 199 LH. La oposición fundamentada impide la inscripción y aboca al deslinde judicial o notarial,.

16. FALTA DE IDENTIDAD EN EL TÍTULO INMATRICULADOR (ART. 205/203 LH).

  • Defecto: En inmatriculaciones, la descripción literaria del título no coincide totalmente con la certificación catastral gráfica o con la RG alternativa aportada . La identidad debe ser total.
  • Fundamento: Art. 205 y 203 LH. Requisito de coincidencia absoluta en inmatriculaciones,.

17. ART. 201 LH: TÍTULO DE PROPIEDAD NO COINCIDENTE.

  • Defecto: Se promueve expediente notarial (Art. 201 LH) para rectificar descripción, pero no se aporta un título de propiedad donde la descripción ya conste rectificada o sea coincidente con la pretensión. El expediente no suple la falta de título con la descripción correcta.
  • Fundamento: Art. 201 y 203 LH. El promotor debe aportar título de propiedad coincidente con la realidad que reclama,.

18. FALTA DE NOTIFICACIÓN A COLINDANTES REGISTRALES (EN EXPEDIENTES).

  • Defecto: En los expedientes notariales (201, 203 LH), falta notificar a los colindantes registrales reales (no solo a los catastrales o a los que figuran en el título antiguo).
  • Fundamento: Art. 201 y 203 LH. Doctrina DGRN. Se debe notificar a los resultantes de representaciones gráficas inscritas, archivadas y de la descripción literaria,.

* V. OTROS SUPUESTOS ESPECÍFICOS

19. EXPROPIACIÓN: FALTA GML DE LA PORCIÓN EXPROPIADA.

  • Defecto: En expropiaciones forzosas, falta aportar el fichero GML de la superficie expropiada para su inscripción y coordinación.
  • Fundamento: Art. 9.b) LH. Es una reordenación de terrenos obligatoria,.

20. INMATRICULACIÓN DE FINCA COLINDANTE CON MONTE PÚBLICO (ART. 22 LEY MONTES).

  • Defecto: Falta el informe previo favorable de la Administración forestal al tratarse de inmatriculación o exceso de cabida de finca colindante con monte demanial o catalogado.
  • Fundamento: Art. 22 Ley de Montes,,.

21. FALTA DE DECLARACIÓN SOBRE NO INVASIÓN DE DOMINIO PÚBLICO MARÍTIMO-TERRESTRE (COSTAS).

  • Defecto: Cuando la finca intersecta o colinda con zona de protección, falta la manifestación expresa en el título de que no invade el dominio público, o falta la certificación del Servicio de Costas en caso de duda.
  • Fundamento: Art. 35 y 36 Reglamento de Costas,.

22. DIVISION HORIZONTAL TUMBADA: FALTA DE LICENCIA DE PARCELACIÓN.

  • Defecto: La asignación de uso exclusivo de porciones de suelo (terrazas, jardines) en una división horizontal tumbada encubre una parcelación, requiriendo licencia o declaración de innecesariedad con georreferenciación.
  • Fundamento: Art. 10 LPH y legislación urbanística autonómica,.
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