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_______Contenidos útiles para la práctica registral._______Edita: Joaquín Delgado (Registrador de la Propiedad y Notario)

TITULAR:

POSIBLES MODELOS de notificaciones y edictos conforme al ARTICULO 205 L.H.

Contenido:

* ARTICULO 205 LH:

El articulo 205 dispone que “Si el Registrador tuviera dudas fundadas sobre la coincidencia total o parcial de la finca cuya inmatriculación se pretende con otra u otras de dominio público que no estén inmatriculadas pero que aparezcan recogidas en la información territorial asociada facilitada por las Administraciones Públicas, notificará tal circunstancia a la entidad u órgano competente, acompañando la certificación catastral descriptiva y gráfica de la finca que se pretende inmatricular con el fin de que, por dicha entidad, se remita el informe correspondiente, dentro del plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la recepción de la notificación.

Si la Administración manifestase su oposición a la inmatriculación o, no remitiendo su informe dentro de plazo, el Registrador conservase dudas sobre la existencia de una posible invasión del dominio público, denegará la inmatriculación pretendida.

En caso de calificación positiva por el Registrador, éste procederá a extender la inscripción del derecho de dominio, notificará la inmatriculación realizada, en la forma prevenida reglamentariamente, al poseedor de hecho, a los titulares de cargas, derechos o acciones que puedan gravar la finca y fueran conocidos, a los propietarios de las fincas registrales y catastrales colindantes en los domicilios que consten en el Registro y, caso de ser distintos, en cualesquiera otros que resulten de los documentos aportados, así como al Ayuntamiento en que esté situada la finca. Asimismo ordenará la publicación del edicto y utilizará el servicio en línea para creación de alertas específicas a que refiere la regla séptima del apartado 1 del artículo 203.”

* MODELOS:

Para dar cumplimiento a tales previsiones legales, así como a las de la resolución circular de la DGRN de 3.11.2015, se propone la posible utilizacion de los siguientes textos o modelos:

* NOTIFICACION PREVIA A LA ADMINISTRACIÓN TITULAR DEL DOMINIO PÚBLICO:

 

NOTIFICACION A LA ADMINISTRACIÓN TITULAR DEL DOMINIO PÚBLICO CON MOTIVO DE LA SOLICITUD DE INMATRICULACIÓN DE FINCA CONFORME AL ARTICULO 205 DE LA LEY HIPOTECARIA.

D. xxx, Registrador de la Propiedad de xxx, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 205 de la Ley Hipotecaria, NOTIFICA:

Que en virtud de la documentación presentada en este registro de la propiedad el día xxx con asiento de entrada xxx, se solicita inmatricular la finca que se indica a continuación:

.- DESCRIPCION LITERARIA DE LA FINCA: xxx

.- REFERENCIA CATASTRAL Y REPRESENTACION GRÁFICA: xxx, según certificación catastral descriptiva y gráfica con CSV xxx cuyo contenido puede consultar y verificar en la sede electrónica de catastro. https://www1.sedecatastro.gob.es

.- PERSONA A CUYO FAVOR SE PRETENDE INSCRIBIR EL DOMINIO: XXX

.- ENLACE AL CORRESPONDIENTE RECINTO GEOGRÁFICO EN EL VISOR PÚBLICO DE ALERTAS GEOGRÁFICAS REGISTRALES.

Accesible en www.registradores.org mediante el siguiente identificador: xxxx

Todo lo cual se le notifica a esa administración pública por existir dudas fundadas sobre la coincidencia total o parcial de la finca cuya inmatriculación se pretende con otra u otras de dominio público que no estan inmatriculadas, con el fin de que, por dicha administración, se remita el informe correspondiente para confirmar o disipar tales dudas, dentro del plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación.

Lugar y fecha. xxx

*

NOTIFICACION TRAS LA INMATRICULACION:

NOTIFICACION DE INMATRICULACION DE FINCA PRACTICADA CONFORME AL ARTICULO 205 DE LA LEY HIPOTECARIA

D. xxx, Registrador de la Propiedad de xxx, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 205 de la Ley Hipotecaria, NOTIFICA:

Que con fecha xxx se ha inmatriculado en este registro de la propiedad, conforme al articulo 205 de la Ley Hipotecaria, la siguiente finca:

.- CODIGO DE FINCA REGISTRAL. XXX

.- DESCRIPCION LITERARIA DE LA FINCA: XXX

.- REFERENCIA CATASTRAL: XXX

.- REPRESENTACION GRÁFICA Y LISTA DE COORDENADAS:

Accesible en www.registradores.org mediante el siguiente CSV: xxxx

.- PERSONA A CUYO FAVOR SE HA INSCRITO EL DOMINIO: XXX

.- TITULO DE PROPIEDAD: XXX

.- ENLACE AL CORRESPONDIENTE RECINTO GEOGRÁFICO EN EL VISOR PÚBLICO DE ALERTAS GEOGRÁFICAS REGISTRALES.

Accesible en www.registradores.org mediante el siguiente identificador: xxxx

Todo lo cual se le notifica en cumplimiento de lo dispuesto en el citado articulo 205 de la Ley Hipotecaria, haciéndole saber que, conforme al articulo 1 de la misma ley, los asientos del Registro practicados están bajo la salvaguardia de los Tribunales y producen todos sus efectos mientras no se declare su inexactitud en los términos establecidos en esta Ley, y que, conforme al artículo 207 de la misma ley, los efectos protectores dispensados por el artículo 34 de esta Ley no se producirán hasta transcurridos dos años desde la fecha de la inmatriculación.

Lugar y fecha: xxx

* EDICTO TRAS LA INMATRICULACION

EDICTO

(ARTICULO 205 DE LA LEY HIPOTECARIA(

D. xxx, Registrador de la Propiedad de xxx, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 205 de la Ley Hipotecaria, CERTIFICA Y HACE CONSTAR, para general conocimiento:

Que con fecha xxx se ha inmatriculado en este registro de la propiedad, conforme al articulo 205 de la Ley Hipotecaria, la siguiente finca:

.- CODIGO DE FINCA REGISTRAL. XXX

.- DESCRIPCION LITERARIA DE LA FINCA: XXX

.- REFERENCIA CATASTRAL: XXX

.- REPRESENTACION GRÁFICA Y LISTA DE COORDENADAS:

Accesible en www.registradores.org mediante el siguiente CSV: xxxx

.- PERSONA A CUYO FAVOR SE HA INSCRITO EL DOMINIO: XXX

.- TITULO DE PROPIEDAD: XXX

.- ENLACE AL CORRESPONDIENTE RECINTO GEOGRÁFICO EN EL VISOR PÚBLICO DE ALERTAS GEOGRÁFICAS REGISTRALES.

Accesible en www.registradores.org mediante el siguiente identificador: xxxx

Todo lo cual se publica mediante el presente edicto en cumplimiento de lo dispuesto en el citado articulo 205 de la Ley Hipotecaria, advirtiendo que, conforme al articulo 1 de la misma Ley, los asientos del Registro están bajo la salvaguardia de los Tribunales y producen todos sus efectos mientras no se declare su inexactitud en los términos establecidos en esta Ley, y que, conforme al artículo 207 de la misma ley, los efectos protectores dispensados por el artículo 34 de esta Ley no se producirán hasta transcurridos dos años desde la fecha de la inmatriculación.

Lugar y fecha: xxx

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