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Contenidos útiles para la práctica registral._Edita: Joaquín Delgado Ramos (Registrador de la Propiedad y Notario)

TITULAR:

RESUMEN POR MATERIAS DE LAS RR DGSJ propiedad BOE MARZO 2026

Contenido:

* 1. Número de Registro de Alquiler (NRUA) y Viviendas Turísticas

  • Inadmisiones masivas: Un gran volumen de recursos solicitando la asignación del NRUA fueron inadmitidos por guardar “identidad de razón” con resoluciones previas del Centro Directivo, entre ellas las Resoluciones de 11-11-2025 (BOE 2-3-2026), 12-11-2025 (BOE 2-3-2026), 14-11-2025 (BOE 2-3-2026) y 19-12-2025 (BOE 20-3-2026).
  • Cláusulas estatutarias: No procede conceder el NRUA si los estatutos prohíben expresamente el alquiler turístico, como dictan las Resoluciones de 12-11-2025 (BOE 2-3-2026), 13-11-2025 (BOE 2-3-2026), 11-12-2025 (BOE 13-3-2026) y 22-11-2025 (BOE 24-3-2026). Sin embargo, la prohibición no puede aplicarse de manera retroactiva según la Resolución de 3-12-2025 (BOE 12-3-2026), ni es oponible al titular adquirente porque no constaba inscrita cuando adquirió (Resolución de 24-11-2025, BOE 14-3-2026). Si los estatutos regulan económicamente la actividad sin prohibirla, es válido el otorgamiento (Resolución de 30-10-2025, BOE 6-3-2026).
  • Requisitos administrativos: Es imprescindible contar con autorizaciones tanto de la comunidad autónoma como del Ayuntamiento (Resoluciones de 19-11-2025, BOE 5-3-2026; 28-11-2025, BOE 9-3-2026; y 10-12-2025, BOE 13-3-2026). Además, si la autorización administrativa se obtiene tras la reforma de la Ley de Propiedad Horizontal, es necesaria la autorización de la comunidad de propietarios (Resolución de 5-12-2025, BOE 13-3-2026).
  • Tracto sucesivo y legitimación: No puede solicitar el código quien no es titular registral (Resolución de 17-11-2025, BOE 5-3-2026). Por ejemplo, no basta que lo solicite únicamente el nudo propietario sin contar con el consentimiento del usufructuario (Resolución de 27-11-2025, BOE 9-3-2026). Para acreditar los acuerdos de la comunidad se precisa la legitimación notarial de las firmas (Resolución de 12-12-2025, BOE 12-3-2026).

* 2. Georreferenciación y Expediente del Art. 199 LH

  • Dudas fundadas (Denegación): Se debe suspender la inscripción de bases gráficas cuando existen dudas fundadas por invasión del dominio público (Resolución de 10-12-2025, BOE 13-3-2026), solapamiento con otras bases gráficas ya inscritas (Resolución de 12-12-2025, BOE 12-3-2026), o conflictos latentes justificados por alegaciones técnicas de los colindantes (Resoluciones de 14-11-2025, BOE 2-3-2026 y 17-11-2025, BOE 24-3-2026).
  • Sin dudas fundadas (Admisión): No procede denegar la inscripción basándose en la mera oposición infundada de un colindante si el registrador no motiva razonable y objetivamente sus dudas sobre la identidad de la finca (Resoluciones de 2-12-2025, BOE 12-3-2026; 4-12-2025, BOE 12-3-2026; y 25-11-2025, BOE 14-3-2026).
  • Situaciones especiales: Los “engalabernos” requieren para su inscripción configurar una medianería horizontal, propiedad horizontal o agrupación (Resolución de 27-11-2025, BOE 9-3-2026).

* 3. Hipotecas, Ejecuciones y Concurso de Acreedores

  • Ejecución hipotecaria: En el procedimiento extrajudicial, fracasado el requerimiento de pago por ausencia en el domicilio, el acta no puede continuar hacia la subasta (Resolución de 18-11-2025, BOE 5-3-2026). En ejecuciones finalizadas, declarar abusiva una cláusula del préstamo motiva el sobreseimiento y la restitución de los asientos cancelados (Resolución de 31-10-2025, BOE 12-3-2026).
  • Hipotecas: Es posible inscribir la renuncia del deudor al derecho de “recarga” en beneficio exclusivo de un titular hipotecario posterior (Resolución de 24-11-2025, BOE 13-3-2026). Su cancelación por pago no es automática; requiere el consentimiento en escritura o resolución judicial (Resolución de 12-12-2025, BOE 12-3-2026). Varios copropietarios pueden constituir una sola hipoteca sobre la totalidad de la finca (Resolución de 10-12-2025, BOE 13-3-2026).
  • Concurso de acreedores: Si se subasta solo la mitad indivisa de un concursado sobre una finca gravada, la hipoteca pasa a recaer exclusivamente sobre la otra mitad, minorando la responsabilidad en la cantidad del remate (Resolución de 27-11-2025, BOE 12-3-2026).

* 4. Herencias y Sucesiones

  • Si un testamento solo contiene legados de cosas específicas y existen otros bienes no dispuestos, procede abrir la sucesión intestada (Resolución de 25-11-2025, BOE 21-3-2026).
  • Las disposiciones a favor del cónyuge no decaen automáticamente por un divorcio posterior sin la pertinente declaración judicial de ineficacia (Resolución de 25-11-2025, BOE 21-3-2026).
  • Los ascendientes (padres) solo serán legitimarios si no existen descendientes; la existencia de hijos, aunque renuncien, los excluye (Resolución de 17-12-2025, BOE 24-3-2026).
  • En casos de sustitución fideicomisaria, la partición exige el consentimiento individualizado de los nuevos fideicomisarios llamados a suceder (Resolución de 1-12-2025, BOE 12-3-2026).

* 5. Régimen Económico Matrimonial

  • Al liquidar la sociedad de gananciales, se puede reconocer el carácter ganancial de la vivienda familiar conforme al 1354 CC (Resolución de 1-12-2025, BOE 12-3-2026).
  • Para inscribir un bien como privativo prescindiendo del régimen de protección del Código Civil, hace falta un verdadero “negocio de atribución de privatividad” o probar documentalmente el origen privativo del dinero (Resolución de 24-11-2025, BOE 14-3-2026).

* 6. Urbanismo, Obra Nueva y Propiedad Horizontal

  • Cambios de uso: Alterar la descripción de un local comercial a vivienda implica un cambio de uso que requiere acreditar el cumplimiento de la legalidad urbanística (Resoluciones de 19-11-2025, BOE 5-3-2026; y 17-11-2025, BOE 24-3-2026).
  • Obras Nuevas y Arrendamientos: Para inscribir una edificación es indispensable georreferenciar las coordenadas de la superficie ocupada (Resolución de 4-12-2025, BOE 12-3-2026). Esta exigencia también aplica a arrendamientos para instalar placas solares, donde se debe inscribir la representación gráfica afectada (Resolución de 17-11-2025, BOE 24-3-2026). Si se declara obra nueva por antigüedad, es posible hacer la división horizontal simultánea (Resolución de 1-12-2025, BOE 12-3-2026).
  • La venta de participaciones indivisas por debajo de la unidad mínima de cultivo puede ser indicio de parcelación, exigiendo control municipal (Resolución de 13-11-2025, BOE 2-3-2026).

* 7. Procedimiento Registral y Práctica Hipotecaria

  • Asientos y Recursos: No cabe interponer recurso gubernativo contra un asiento que ya ha sido practicado, ya que su rectificación requiere sentencia o consentimiento de todos los afectados (Resoluciones de 27-11-2025, BOE 9-3-2026; 11-12-2025, BOE 13-3-2026; y 17-11-2025, BOE 24-3-2026). Es correcta la denegación del asiento de presentación a instancias privadas genéricas o que solo buscan condicionar la calificación (Resoluciones de 1-12-2025, BOE 12-3-2026; y 9-12-2025, BOE 13-3-2026).
  • Doble Inmatriculación: El inicio de un expediente por doble inmatriculación no causa cierre registral (Resolución de 27-11-2025, BOE 9-3-2026). Si proviene de una concentración parcelaria, el historial que debe prevalecer es el de la finca de reemplazo (Resolución de 12-12-2025, BOE 12-3-2026).

 

Updated: 27 marzo, 2026 — 17:49
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