EL VERDADERO DÍA DE LA CONSTITUCIÓN SERÁ EN 2026 EL 14 DE MARZO
Juan F. Ruiz-Rico Márquez
* INTRODUCCIÓN
El próximo 14 de marzo se producirá una efeméride que corre el riesgo de pasar inadvertida en el convulso ambiente que caracteriza el tiempo que nos ha tocado vivir. La Constitución de 1978 se habrá convertido en la más longeva de la historia de España, al cumplir 47 años y 75 días de vigencia (fue sancionada por el Rey el 27 de diciembre, aunque no se publicó en el BOE hasta el día 29, para evitar que entrara en vigor el día 28, fecha en la que se conmemora a los Santos Inocentes); superando así los 47 años y 74 días, que fue el plazo durante el cual la constitución de 1876 rigió los destinos de España. Esta Constitución, conocida como la Constitución de Cánovas, fue sancionada el 30 de junio de 1876 y publicada en la Gaceta de Madrid el 2 de julio, considerándose el 15 de septiembre de 1923 como el último día en que estuvo vigente durante algunas horas, al jurar el General Primo de Rivera su cargo por la Patria y por el Rey, lo cual implicaba la suspensión sine die del orden constitucional.
No se pretende con estas notas realizar un estudio exhaustivo del vigente texto constitucional, lo cual por otra parte sería superfluo, porque el mismo es sobradamente conocido. Simplemente, se trata de indagar en el futuro de nuestra Carta Magna, que pasará inevitablemente por su reforma cuando se encuentre el momento propicio para ello.
Y para meditar sobre la reforma constitucional, consideramos que debe partirse de las condiciones en las que la misma se elaboró, puesto que su análisis nos dará una pauta útil respecto a cómo buscar consensos en el futuro; y, sobre todo, nos hará considerar que el acuerdo constitucional que precisa cualquier reforma que pretenda ser inclusiva, no tiene por qué ser imposible, porque difícilmente podría preverse la concertación que se produjo en las muy adversas circunstancias de 1978.
En otro momento trataremos sobre la cuestión más apremiante que plantea el texto constitucional: la pervivencia del artículo 57.1, que establece la prevalencia del varón sobre la mujer en la sucesión a la Corona. Ya adelanto que solucionar este problema no implica necesariamente una reforma constitucional.
Posteriormente, comentaré el dictamen del Consejo de Estado sobre las propuestas de reforma constitucional que hizo el Gobierno de José Luís Rodríguez Zapatero y analizaré otras posibles reformas que considero debieran cuando menos plantearse.
* CONTEXTO HISTÓRICO
El 5 de julio de 1976 se produce un inesperado relevo en la Presidencia del Gobierno de España. Una figura hasta entonces de segundo orden, Adolfo Suárez González, fue nombrado presidente por el Rey Juan Carlos. La elección fue considerada de manera casi unánime como “un inmenso error”, y un salto atrás en el proceso democratizador que se atribuía a la Corona. Por eso todos los políticos de primera fila se negaron a participar en un Gabinete de incierto futuro. Así las cosas, Suarez se vio obligado a recurrir a jóvenes poco conocidos, lo que dio lugar a que su gobierno fuera conocido como el “gobierno de penenes” (en aquella época los profesores no numerarios o penenes constituían el primer peldaño de la carrera universitaria).
Pero como con frecuencia la Historia resulta imprevisible, ese Gobierno tan mal acogido en sus inicios, acabó siendo el más efectivo de la Historia contemporánea de España, pese a que duró poco más de un año. Entre esos jóvenes e inexpertos ministros se encontraba un registrador de la propiedad, Enrique de la Mata Gorostizaga, que aceptó por patriotismo el Ministerio de Relaciones Sindicales, muy alejado de su experiencia laboral. Desde ese ministerio impulsó la legalización de los sindicatos ajenos a la Organización Sindical del régimen, legalización que por cierto supuso a Suarez enfrentarse a su primera crisis militar.
El instrumento jurídico que se utilizó para llevar el país a la democracia fue la Ley para la Reforma Política, un escueto y elegante texto jurídico (compuesto tan solo de cinco artículos, dos disposiciones transitorias y una final), cuyo borrador inicial fue elaborado por el entonces presidente de las Cortes y antiguo preceptor del Rey, Torcuato Fernández Miranda.
Era la primera ley desde la República que designaba a España como una democracia, y fue la efímera octava Ley Fundamental del Reino. La preposición “para” era fundamental, porque la Ley no pretendía otra cosa que constituir el mecanismo legal que permitiera elegir democráticamente unas Cortes, que serían en definitiva las que decidirían los destinos de España y realizarían las reformas que se estimaran pertinentes. La declaración que contenía su artículo uno no podía ser más elocuente.
“La democracia, en el Estado español, se basa en la supremacía de la Ley, expresión de la voluntad soberana del pueblo.
Los derechos fundamentales de la persona son inviolables y vinculan a todos los órganos del Estado.
Dos. La potestad de elaborar y aprobar las leyes reside en las Cortes. El Rey sanciona y promulga las leyes”.
El esfuerzo de Suarez y su Gabinete dio lugar a algo que pocos meses antes habría parecido imposible: el día 18 de noviembre las Cortes del antiguo régimen aprobaron la Ley, lo cual implicaba su disolución y dejar en manos de un nuevo parlamento, que sería elegido por sufragio universal, los destinos de España. La Reforma Política fue ratificada por referéndum el 15 de diciembre de 1976. Unos meses después, el 15 de junio de 1977, se celebrarían las elecciones generales.
Para comprender el ambiente político de aquel momento, parece oportuno traer a colación el espíritu que animó la discusión de una ley que, por el afán de concordia que la imbuía, fue el claro precedente de la Constitución: la ley de Amnistía de 15 de octubre de 1977, que fue la primera que aprobó el parlamento recién elegido. Al respecto resulta de interés rescatar los argumentos con los que defendieron esta medida de reconciliación dos representantes de los partidos que habían perdido la Guerra Civil.
Julio Jauregui, que fue senador del PNV, en su puesto de miembro de la Comisión de los Nueve, organismo de la oposición que negociaba con Adolfo Suárez, se convirtió en uno de los principales paladines de la amnistía. Para él tenía que constituir “un gran acto solemne que perdonara y olvidara todas las barbaridades cometidas por los dos bandos de la guerra civil, antes de ella, y después de ella hasta nuestros días”, que “perdonara a los que mataron al presidente Companys y al presidente Carrero, a García Lorca y a Muñoz Seca, al ministro de la gobernación Salazar Alonso y al ministro de la gobernación Zugazagoitia, y a las Víctimas de Paracuellos y a las de Badajoz.”
Por su parte, Marcelino Camacho, líder sindical de Comisiones Obreras y diputado del Partido Comunista en las Cortes Constituyentes, quien había pasado largas temporadas en la cárcel, al defender en la discusión parlamentaria la Ley de Amnistía, reveló emocionado que esa ley sería el mejor recuerdo que tendría en toda su vida, porque, según afirmó, “hemos enterrado a nuestros muertos y nuestros rencores” y la amnistía debía suponer “un acto de reconciliación para los que nos habíamos estado matando, borráramos el pasado de una vez para siempre y lográramos la reconciliación nacional”.
Cuando alguien afirma que la amnistía fue en realidad una autoamnistía, impuesta por los poderes facticos del antiguo régimen, desconoce que constituyó una reivindicación constante de la izquierda y los partidos nacionalistas, que la inmensa mayoría de la población acabó haciendo suya. Hubo innumerables manifestaciones reivindicándola en toda España. Y no había una sola concentración de la oposición en la que el grito más coreado fuera otro distinto al de “Amnistía, libertad.”
El hecho de que la amnistía permitiera excarcelar a los presos de ETA, a pesar de que dicha organización no manifestara la más mínima intención dejar las armas, causó enorme malestar en las Fuerzas Armadas, que fueron los principales impugnadores de la Ley, porque ellos y las fuerzas de orden público eran el principal objetivo de los terroristas. Y tampoco suscitó la Amnistía gran entusiasmo en las fuerzas más derechistas de las que se sentaban en el hemiciclo. De hecho, la unanimidad con la que se aprobó la ley solo se quebró, además de por dos votos en contra de diputados socialistas, que se debieron a circunstancias que no hacen ahora al caso, por 18 abstenciones, de las cuales dieciséis eran de los diputados de Alianza Popular, una de Euskadiko Ezquerra y una de un diputado aragonés de una fuerza regionalista de derechas.
* ELABORACIÓN DE LA CONSTITUCIÓN
La Ponencia constitucional, animada por ese anhelo de reconciliación al que aspiraba la inmensa mayoría de la Nación, comenzó sus labores en agosto de 1977. Estaba compuesta por insignes juristas que representaban a casi la totalidad del espectro político: Miguel Herrero y Rodríguez de Miñón, Gabriel Cisneros y José Pedro Pérez-Llorca por el partido ganador de las elecciones, la Unión de Centro Democrático, Gregorio Peces Barba, por el Partido Socialista Obrero Español, Jordi Solé Tura, por el grupo parlamentario Comunista, Manuel Fraga Iribarne, por Alianza Popular y Miquel Roca Junyent por la minoría catalana (se suponía que Roca también representaba a los nacionalistas vascos, pero esa representación se reveló más teórica que real).
Los que posteriormente serían llamados “Padres de la Constitución”, Se inspiraron, para abordar la enorme responsabilidad que había recaído sobre sus espaldas, en otras constituciones europeas, como la Ley Fundamental de Bonn, cuyas influencias se perciben en la definición del Estado Español como un Estado Social y Democrático de Derecho, o en la regulación del voto de censura constructivo; la italiana, respecto a algunos aspectos de la configuración constitucional de las regiones; e incluso constituciones españolas precedentes, como la de 1876 o la Constitución republicana de 1931, de la que se tomó ese modelo hibrido que supone configurar España como un Estado unitario con autonomías regionales, que pueden adquirir competencias similares -y en algunos casos superiores- que los entes que forman parte de los estados federales.
Apenas habían comenzado los trabajos constitucionales cuando se iniciaron las conversaciones que darían lugar a los Pactos de la Moncloa. Tales acuerdos se consideraron absolutamente imprescindibles porque difícilmente podría prosperar el proceso constitucional en el que estaba embarcándose el País, si no se ponía coto al deterioro de la economía que venía padeciéndose desde la crisis del petróleo de 1973, crisis que había provocado que un considerable incremento del paro y que la inflación superara el 26%, lo cual llevaba a presagiar que en un momento no muy lejano aparecería la hiper inflación.
La iniciativa la tomaron la UCD y el PCE a través de Comisiones Obreras, la UGT al principio se excluyó del pacto, aunque al final acabara suscribiéndolo. Una vez más, como ocurrió varias veces durante la transición, los comunistas fueron más pragmáticos que los socialistas. y al final estos se vieron obligados a seguirlos para no quedar aislados. Los pactos tenían dos vertientes la económica, por medio de la cual los sindicatos, a cambio de una serie de medidas sociales y de la reforma fiscal, aceptaron una política de moderación salarial, para poder así controlar la inflación; y la parte política, que adelantaba el reconocimiento algunos derechos que acabarían quedando plasmados en la Constitución. El 25 de octubre de 1977 firmaron en el Palacio casi todos los partidos parlamentarios (solo quedaron al margen fuerzas muy minoritarias), la patronal y los sindicatos CCOO y UGT. Alianza Popular solo suscribió los acuerdos económicos. La conflictividad social y el riesgo de colapso económico, que podría haber dificultado, cuando no impedido, la elaboración del texto constitucional, quedaban controlados.
Se pactó que los trabajos de la Ponencia Constitucional se mantuvieran secretos. Sin embargo, se acabaron filtrando en noviembre, lo que produjo un serio inconveniente a los comisionados, porque el borrador demostraba que todo el mundo estaba dispuesto a ceder en sus planteamientos iniciales, y no estaba claro que tales cesiones fueran bien acogidas por las respectivas clientelas políticas. Y estalló la tormenta, amplificada por una serie de influyentes grupos de presión, como la confederación empresarial, el estamento militar, la Iglesia y los grupos extraparlamentarios de extrema derecha y extrema izquierda.
Los dirigentes de la patronal entendían que la Constitución estaba creando un estado demasiado intervencionista y escorado a la izquierda. Desaprobaban que se reconociera el derecho la huelga y no un correlativo derecho al cierre patronal, que se hiciera referencia a la planificación, después de reconocer la libertad de empresa, o que subordinara la riqueza del país al interés general. Al estamento militar le repelía el término nacionalidades y en general lo relativo a la regulación de las autonomías regionales. La jerarquía eclesiástica entendía que el borrador constitucional olvidaba la raíz católica de España. Y, para los grupos extremistas, cualquier tipo de concertación constituía una claudicación.
Pero, en contra de lo que en un principio pudiera temerse, la filtración acabó a la larga siendo beneficiosa, porque la opinión pública se implicó en el debate y acabó aceptando en general la necesidad de hacer concesiones reciprocas. No en balde la palabra del momento acabó siendo “consenso”.
Sin embargo, a pesar de estar la inmensa mayoría de los parlamentarios animados por el deseo de elaborar un texto que pudiera representar a todos, su labor no fue nada sencilla, en contra de lo que ahora se suele pensar. Los preceptos destinados a la educación, a la cuestión autonómica, al modelo económico o a las cuestiones relevantes para la iglesia, fueron bastante conflictivos. Como Suárez se vio obligado a transigir en algunos casos ante las enormes presiones que recibió, la izquierda (especialmente el PSOE, porque el PCE en general adoptó posturas más flexibles), empezó a sentirse incómoda con el texto que se estaba elaborando. Y, dado que estaba funcionando una mayoría mecánica entre Alianza Popular y la UCD, a la que en determinados casos se sumaba la Minoría Catalana, estuvo a punto de producirse la ruptura (el momento más delicado se produjo cuando el representante del PSOE, Gregorio Peces Barba, se retiró de la Ponencia Constitucional).
Los socialistas hicieron llegar al presidente Suarez la preocupación que les suscitaba esa mayoría de centro-derecha que parecía estar consolidándose, porque podía dar lugar a la elaboración de un texto demasiado conservador para los partidarios de Felipe González. Asumían que esa Constitución sería legítima, pero, al no sentirse concernidos con ella, en las siguientes elecciones tendrán que llevar en su programa la bandera de la reforma constitucional.
Suárez comprendió que esa situación no era deseable y se aprestó a ensanchar el consenso constitucional, aunque le costara la incomprensión de gran parte de lo que entonces eufemísticamente se llamaban “los poderes fácticos”. Y el consenso volvió a presidir los trabajos constitucionales. Fue fundamental para limar asperezas la complicidad que se produjo entre dos diputados de partidos rivales. Uno era un ingeniero agrónomo, el Vice presidente del Gobierno Abril Martorell, y el otro era Alfonso Guerra, un licenciado en Filosofía y Letras e ingeniero técnico, que ejerció como profesor universitario y director teatral (con el tiempo también acabaría siendo también Vice presidente del Gobierno). Desatascaron muchos de los artículos conflictivos en interminables veladas nocturnas celebradas en el Restaurante José Luís. Una vez logrados por estos dos legos en Derecho, inusualmente pragmáticos, los acuerdos que iban haciendo avanzar la Constitución, los juristas que compartían escaños con ellos pasaban a dar forma jurídica a lo acordado.
Cuando se discutió la forma de Gobierno, la inmensa mayoría de los diputados, incluidos los del PCE, se decantaron por la Monarquía. Sin embargo, el PSOE mantuvo un voto particular republicano, defendido elocuentemente por Luís Gómez Llorente, al que puede accederse a través de la página web del Congreso de los Diputados. Al comprobar los socialistas que habían quedado en minoría, proclamaron que, como la verdadera alternativa era democracia o dictadura, en lugar de Republica o Monarquía, a partir de ese momento acatarían lealmente la decisión mayoritaria del parlamento.
Por tanto, al igual que no se compadece con la realidad la afirmación de que la amnistía fue impuesta por los poderes supervivientes del franquismo, tampoco es en absoluto cierto que la Constitución se elaborara poco menos que al dictado de esos poderes y que no se permitiera discutir la forma de Estado.
Concluidos los trabajos de la Ponencia, en mayo de 1978 la Comisión de Asuntos constitucionales comenzó sus debates, resultando el proyecto constitucional aprobado el 21 de julio por el Pleno del Congreso. En aras del consenso, el proyecto que se remitía al Senado resultaba de una inapropiada extensión y adolecía de una cuantas contradicciones e incorrecciones gramaticales.
Cuando el texto constitucional llegó a la Cámara Alta, el acuerdo estaba ya bastante consolidado, aunque todavía faltaba atraer al PNV al consenso. Ese intento dio lugar a la redacción de la Disposición Adicional Primera, en La que se reconocen los derechos históricos de las comunidades forales, que deberán ser actualizados en el marco de la Constitución. Fue precisamente esa referencia a la Constitución, lo que dio lugar a que los nacionalistas vascos se abstuvieran en la votación final. Aunque en un principio parecieron aceptar la muy flexible redacción que definitivamente prosperó, sus máximos dirigentes acabaron pretendiendo que el precepto reconociera unos derechos forales anteriores a la constitución y prevalentes a la misma. Sin embargo, como poco después se aprobó el Estatuto de Guernica, que solo fue rechazado por la izquierda radical vasca, el PNV por esta vía acabó sumándose al consenso constitucional.
Resulta ilustrativo reproducir el texto de la Disposición Adicional Primera, para así poder comprobar los esfuerzos que se hicieron para intentar conciliar posturas que parecían antagónicas:
“La Constitución ampara y respeta los derechos históricos de los territorios forales.
La actualización general de dicho régimen foral se llevará a cabo, en su caso, en el marco de la Constitución y de los Estatutos de Autonomía”.
No me resisto a comentar la intensa labor que el senador de designación real, Camilo José Cela, quien años después sería distinguido con el Premio Nobel de Literatura, realizó para mejorar gramatical y estilísticamente el texto constitucional, durante su discusión en la Cámara Alta. Desgraciadamente, sus atinadas propuestas no fueron en muchos casos tenidas en cuenta. El consenso estaba cogido con alfileres y cualquier pequeña variación podía ponerlo en peligro. Por poner varios ejemplos de su empeño, recuerdo que cuestionó el inicio del artículo 117, poniendo de manifiesto sería más correcto expresar que la justicia “dimana” del pueblo, en lugar de que la justicia “emana” del pueblo, que fue la expresión que acabó figurando en la Constitución.
Sin embargo, sí fueron asumidas sus sugerencias respecto a la redacción del artículo 57. Al principio, al tratar el orden de sucesión a la Corona, el precepto aludía a la preferencia del “varón” sobre la “hembra”; y Cela convenció al resto de sus señorías de que lo opuesto a hembra no era varón, sino macho. Por eso el artículo alude al varón y a la mujer. En cualquier caso, hay que reconocer que las intervenciones de este senador no pasaron desapercibidas y dieron lugar a muchas situaciones anecdóticas que todavía se recuerdan.
* APROBACION DEL TEXTO CONSTITUCIONAL
Finalmente, el texto constitucional fue aprobado el 31 octubre de 1978 por los plenos del Congreso y Senado. En la votación que se produjo en el Congreso tan solo seis diputados votaron en contra (cinco de Alianza Popular y el único representante de Euskadiko Ezquerra) y catorce se abstuvieron (siete del PNV, dos de UCD, uno de Minoría catalana, otro de Esquerra Republicana de Cataluña y tres de Alianza Popular, partido que se dividió como ningún otro, al votar ocho de sus dieciséis diputados a favor, cinco en contra y abstenerse tres).
El 12 de noviembre se detuvo al teniente coronel de la guardia civil, Antonio Tejero Molina (quien años después protagonizaría el golpe del 23 de febrero de 1981), al capitán de la policía armada Ricardo Sáenz de Ynestrillas y a otros oficiales del ejército, los cuales, para evitar que la Constitución llegara a entrar en vigor, preparaban, aprovechando un proyectado viaje del Rey a Méjico, el secuestro del gobierno en pleno durante la celebración de un consejo de ministros.
El 6 diciembre de 1978, se sometió la Constitución a referéndum y fue aprobada por una amplísima mayoría. Debe destacarse que es el primer texto constitucional en nuestra Historia que fue votado por el pueblo. Hubo una participación superior al 67%, siendo el porcentaje de votos favorables de casi el 92%, (resultó especialmente significativo que los votos favorables constituyeran el 91 % en Barcelona, 73% en Vizcaya, el 72% en Álava o el 72% en Guipúzcoa).
La participación en Cataluña fue similar -incluso unas décimas superior- a la media nacional; sin embargo, bajó al 44,7% en El País Vasco (el PNV pidió la abstención). También hubo una participación por debajo de la media en las provincias gallegas (en concreto, votó en Orense el 39% y en Lugo el 42 %), y también la abstención fue en La coruña, Pontevedra y santa cruz superior a Álava, que con una participación del 59,3 fue la provincia vasca en la que un mayor número de ciudadanos acudió a las urnas.
Además, para contextualizar la participación en el referendum de 1978, podemos compararla con las abstenciones que se produjeron en las votaciones de determinados estatutos de autonomía.
En el referendum para la aprobación del estatuto vasco de 1979, participó del 58,85% ( tan solo hubo un incremento de votantes del 14,15% respecto al referendum constitucional, a pesar de que esta vez hicieron campaña a favor del sí el PNV y Euskadiko Ezquerra); en el referéndum de 1979, convocado para la ratificación del primer Estatuto de Cataluña, votó el 59,7% del censo; en el que ratificó en 2006 el segundo Estatuto catalán el 48,85% del censo; en el referéndum de 1980, convocado para aprobar el Estatuto gallego, votó tan solo el 28,6%; y en 2007, el segundo Estatuto andaluz, atrajo a las urnas tan solo al 36,28%.
Los datos anteriores refutan sin lugar a dudas una falacia que, a fuerza de repetirse constantemente, ha llegado a calar en la opinión pública. No es verdad que la Constitución fuera rechazada en Cataluña y en el País Vasco. En la primera de estas comunidades el apoyo al texto constitucional resultó apabullante y en el País Vasco (o más bien en Vizcaya y Guipúzcoa), si bien la participación fue inferior a la media, no fue la menor de las que se dieron en el propio referéndum del 78. Además, en la mayoría de los referendos autonómicos, hubo participaciones similares o incluso muy inferiores, y los estatutos de autonomía aprobados en estas votaciones no fueron deslegitimados.
* EL PEOR ESCENARIO PARA EL CONSENSO
En la actualidad, como hemos anteriormente apuntado, existe una tendencia a cuestionar de forma absoluta la Transición, y sus detractores con frecuencia consideran que no hay manera más efectiva de impugnar ese proceso de concordia nacional, único en la Historia Contemporánea de España, que hacer una crítica demoledora de la Constitución. Es cierto que la Transición no fue un proceso inmaculado y que en ella se cometieron graves errores y hubo una considerable violencia política. Pero el cambio pacífico que se pretendía no buscaba otra cosa que llevar a cabo lo que la mayoría de los españoles deseaban, según todas las encuestas que en esa época se realizaron: una evolución democrática que no implicara un salto en el vació o un proceso revolucionario.
El recuerdo de la guerra civil pesaba todavía demasiado en la mayoría de la población y ayudaba a refrenar cualquier veleidad aventurera o intrasigente. Conseguir arribar a una democracia homologable con las de Europa Occidental, partiendo de la legalidad vigente que se pretendía superar, suponía hasta cierto punto la cuadratura del círculo, y era impensable que el proceso careciera de disfunciones o de contradicciones. Sin duda había otras alternativas, como la ruptura o el inmovilismo, pero cualquiera de ellas habría resultado mucho peor.
Y el proceso no solo no estaba escrito y determinado milimétricamente por oscuros poderes, que tenían todo previsto para que nada en realidad cambiara, sino que, por el contrario, estuvo varias veces a punto de descarrilar como consecuencia de la extrema tensión que vivía el País. Incluso en algunos momentos críticos parecieron actuar coordinadamente los terroristas de extrema derecha y extrema izquierda en su común empeño de acabar con la reforma democrática a través de la estrategia de la tensión. Analizando la situación que se vivió en aquellos días con la perspectiva que dan los años, más bien podría decirse que el España acabara constituyendo una de las democracias más avanzadas de la Tierra fue casi milagroso.
Aunque en la mente de todos está presente el golpe de estado del 23-F como momento crítico en el que la democracia estuvo a punto de arruinarse, resulta conveniente traer a colación otros dos momentos en los que casi se llegó al colapso del proceso democrático, producidos unos pocos meses antes de que comenzaran los trabajos de las Cortes Constituyentes, y cuyo recuerdo sin duda estuvo muy presente en los diputados.
La primera vez que se temió el fin del experimento democrático fue en enero de 1977, durante la denominada “semana Trágica” o “Semana negra”. Pocos días antes de celebrarse el referéndum de la Reforma Política, en el que Suarez obtendría un éxito sin precedentes, el GRAPO, un siniestro grupúsculo grupo terrorista de extrema izquierda (a lo largo de su historia criminal se caracterizó por su capacidad de sobrevivir a las múltiples desarticulaciones que padeció), secuestró al presidente del Consejo de Estado, Antonio María de Oriol. El 23 de enero de 1977 todo se precipitó. En una manifestación pro amnistía convocada por la izquierda (según se ha explicado, la amnistía fue una reivindicación constante de la oposición y no de las fuerzas que habían apoyado al régimen, como ahora se dice sin ningún fundamento), un estudiante cayó asesinado por un pistolero de extrema derecha. Al día siguiente se convocó una manifestación en repulsa por el asesinato, y otra estudiante murió a causa del impacto de un bote de humo lanzado por la policía. Ese mismo día el GRAPO había secuestrado al teniente General Emilio Villaescusa, presidente del Consejo Supremo de Justicia Militar. Los terroristas lanzaron un ultimátum al gobierno bajo la amenaza de asesinar a los dos rehenes.
Para terminar de empeorar las cosas, esa misma noche un comando de extrema derecha asesinaba a cinco abogados laboralistas de Comisiones Obreras y del todavía ilegal PCE. En contra del que sin duda habría sido el deseo de los asesinos, no hubo el menor incidente durante el entierro de los letrados. Los comunistas organizaron un eficaz servicio de orden que permitió que las víctimas fueran enterradas sin el más mínimo incidentes, siendo despedidos en el centro de Madrid por una multitud que observó un silencio sepulcral. Pocos días después la policía liberaba sanos y salvos a los secuestrados. Por esta vez la democracia se había salvado.
El segundo momento en que se consideró más que probable el fin abrupto del proceso democrático fue el día 14 de abril de 1977, cuando, después de haber dimitido el ministro de Marina, en protesta por la legalización del Partido Comunista, se reunió el Consejo General del Ejército en el Palacio de Buenavista. Los insistentes rumores de golpe de estado que circulaban por doquier tenían todo el sentido, porque la cúpula militar interpretaba la legalización como una traición intolerable. El País respiró aliviado cuando, después de varias tensas horas discusión, el Consejo se limitó a redactar un durísimo comunicado que, no obstante, manifestaba que “en consideración a intereses nacionales de orden superior, acataba disciplinadamente el hecho consumado”. Al día siguiente, en una inteligente maniobra para rebajar la tensión, la bandera bicolor de España y la roja del partido, presidían el primer Comité Central del PCE en la legalidad.
Aunque se había salvado la democracia por dos veces, no era en absoluto improbable que el proceso pudiera acabar en cualquier momento. Un importante sector del ejército se consideraba abiertamente hostil al cambio y los constantes atentados terroristas que sufrían los miembros de las fuerzas armadas y de orden público contribuían a reforzar las posturas de los más radicales.
Además de los crímenes de ETA y GRAPO, contribuían a alimentar la estrategia de la tensión los de la extrema derecha, así como las muertes producidas por las fuerzas de orden público, que no tenían todavía la formación ni los medios necesarios para preservar el orden público en el nuevo contexto democrático, y cuyos excesos con frecuencia no podían ser corregidos de manera eficaz por un Gobierno débil, atrapado entre los terroristas y los partidarios del golpe de Estado.
De todos los factores de desestabilización y de terror apuntados fueron sin duda los crímenes de ETA los que se revelaron más peligrosos. Esta organización, desde su fundación en 1958 hasta que dejó de asesinar en 2011, (no se disolvería definitivamente hasta 2018), perpetró al menos 854 asesinatos, de los cuales 43 fueron anteriores a la muerte de Franco, lo cual desmiente el mito de que se trataba de un grupo armado que se creó para luchar contra el franquismo y que, sin embargo, cometió el error de durar demasiado; porque lo que pretendió, por encima de otras consideraciones, fue impedir que se consolidara el sistema democrático, favoreciendo el golpe de Estado.
Precisamente en el año 78, comenzaron lo que se denominaron los “años de plomo” del terrorismo de ETA, porque fueron los más letales de toda la Transición, ya que la actividad de la organización había crecido exponencialmente después de la amnistía. Así, mientras en el año 77 ETA produjo 11 víctimas mortales, en el 78 se incrementaron a 66, a 80 en el 79 y a 98 en el año 80, el más sangriento de todos.
* EL VALOR DE LA CONSTITUCIÓN
Según ya se ha apuntado, no pocos aspectos de la Constitución son susceptibles de crítica (sobre todo el Título VIII, que es el que regula la Organización Territorial del Estado). Además, se trata de un texto demasiado extenso, con frecuencia ambiguo, en algunos aspectos contradictorio y que contiene incorrecciones gramaticales, pero todo eso ese fue fruto de los condicionamientos del momento histórico en el que se elaboró y en, gran medida, constituyó el precio del consenso.
En relación al Título VIII, resulta imaginable intuir que, si no se hubiera producido la tremenda presión terrorista que vivió el País, tal vez no se hubiera redactado en la forma en que se redactó. Sin duda el poder constituyente, para intentar aislar a ETA y su entorno, se vio abocado a hacer ingentes esfuerzos para llevar al PNV al consenso constitucional (al final lo consiguieron por la vía indirecta que supuso el Estatuto de Autonomía). Se juzgaba imprescindible constituir cuanto antes un régimen autonómico dotado de una policía autónoma, para paliar la constante sangría que los atentados terroristas producían en las fuerzas de orden público estatales.
Sin embargo, hay que reconocer que, a pesar de todos los condicionamientos negativos que presidieron su elaboración, los parlamentarios de la Cortes Constituyentes lograron redactar un más que digno texto constitucional, homologable con las demás constituciones del mundo occidental, que ha conformado un marco que ha dado lugar al mayor periodo de prosperidad y democracia de la Historia de España, y ha tenido la suficiente versatilidad para permitir, durante sus casi cincuenta años de vigencia, que gobiernen partidos de derecha, izquierda, centro e incluso grupos de raíz republicana, situados a la izquierda del partido socialista.
Además, la constitución de 1978 tiene dos méritos que no tuvieron las anteriores: fue el primer texto constitucional aprobado por el pueblo (con amplísima mayoría, según hemos demostrado); y fue un texto inclusivo, que huyó de continuar la tradición española, consistente en que grupos de poder emergentes, al conseguir dar un vuelco a la situación política precedente, elaboraran constituciones que excluyeran a los adversarios.
Juan F. Ruiz-Rico Márquez
* NOTA: RESEÑA DE OTRAS OBRAS LITERARIAS DEL AUTOR:
https://editorialcirculorojo.com/autores/juan-francisco-ruiz-rico-marquez/






































