TITULAR:FISCALIDAD AUTONÓMICA: Enlaces de interés 18 septiembre, 2014 UTILIDADESContenido:Indice destacado:Fiscalidad AutonómicaFuente: Agencia Tributaria: * Fiscalidad AutonómicaModelos de financiación de las Comunidades AutónomasRégimen ComúnActual sistema de financiaciónNormativaÓrganos de Relación y CoordinaciónÓrganos de Resolución de ConflictosColaboración Agencia Tributaria – Comunidades AutónomasRégimen ForalPresentaciónNormativaJurisprudenciaÓrganos de relación y de resolución de conflictosColaboración Agencia Tributaria – Haciendas ForalesResoluciones de las Juntas Arbitrales y ConsultasCanariasPresentación(1) Artículo 299.2 del Tratado de la Comunidad Europea(2) Artículos III-424 y IV-440 del Proyecto de Constitución EuropeaNormativaColaboración Agencia Tributaria – Comunidad Autónoma de CanariasCeuta y MelillaPresentaciónRégimen Fiscal Especial de Ceuta y Melilla (normativa)Colaboración Agencia Estatal de Administración Tributaria-Ceuta y Melilla Related PostsIMPUESTOS: Base de datos de JURISPRUDENCIA Y DOCTRINA ADMINISTRATIVAJ. DELGADO: GEORREFERENCIACIÓN DE FINCAS VÍA ART 199 LH: tratamiento fiscal y arancelario.BOE: Ley 11/2021 de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscalANDALUCIA: simplificación del sistema para levantar el cierre registral por motivos fiscales. RESEÑA Y COMENTARIOS J. DELGADO.TS: publicada la sentencia del pleno volviendo a la jurisprudencia tradicional sobre que el sujeto pasivo del impuesto AJD en los prestamos hipotecarios es el PRESTATARIO. (ver votos particulares)BOE: IMPUESTO AJD A LAS HIPOTECAS: Reformado por R. Decreto Ley. (Sujeto pasivo el prestamista). Breve COMENTARIO CRITICO.IMPUESTO AJD A LAS HIPOTECAS: EL T.S. vuelve a cambiar de criterio: el sujeto pasivo es (de nuevo) el prestatatarioTEXTO ÍNTEGRO Y EXTRACTO DE LA STS 16-10-2018: ARGUMENTOS LEGALES por los que el sujeto pasivo del impuesto AJD en las hipotecas es el PRESTAMISTA. Y argumentos en contra.EL TS RECTIFICA: EL IMPUESTO AJD POR LA HIPOTECA LO DEBE PAGAR EL BANCO.- Breve comentario de urgencia.DGRN: informe sobre tratamiento tributario de los nuevos expedientes y documentos del titulo VI LH.J DELGADO: TRATAMIENTO TRIBUTARIO EN EL ITPAJD de los expedientes y documentos del TITULO VI DE LA LEY HIPOTECARIA. (concordancia con la realidad fisica y jurídica)17/05/2017 – El TC anula parcialmente la regulación del impuesto estatal sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbanaTwittear