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_______Contenidos útiles para la práctica registral._______Edita: Joaquín Delgado (Registrador de la Propiedad y Notario)

TITULAR:

El juzgado confirma la calificación registral que protegió al CONSUMIDOR QUE HIPOTECA SU VIVIENDA en garantía de un PRESTAMO A UNA ENTIDAD MERCANTIL.

Contenido:

* Supuesto de hecho:

Prestamo a una entidad mercantil, para financiar su actividad profesional, con intereses de demora pactados al 20 %.

En garantía de ese préstamo, una persona física (que es la madre del administrador de la entidad mercantil prestataria, pero que no tiene interés alguno en esa entidad), hipoteca su vivienda.

* Calificación registral:

La registradora deniega la inscripcion del interés de demora por considerarlo abusivo (por superar el límite fijado en la STS de 3 de junio de 2016) respecto de la hipotecante no deudora, que tiene condición de consumidora y por tanto merece ser protegida como tal.

* Recurso judicial directo interpuesto por el notario:

El notario autorizante recurre directamente al juzgado y formula demanda contra la citada calificación.

* Sentencia:

La sentencia del juzgado, que entre sus fundamentos jurídicos cita jurisprudencia del TJUE resolviendo una cuestión prejudicial, desestima el recurso, confirma la calificación registral, y hace expresa imposición de costas al notario demandante.

* Conclusión:

La protección que dispensa la directiva 93/13 puede aplicarse a la persona física  hipotecante no deudor, aunque el prestamo garantizado sea a favor de una sociedad mercantil, “cuando esa persona física actúe con un propósito ajeno a su actividad profesional y carezca de vínculos funcionales con la citada sociedad”.

* Texto íntegro de la sentencia

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