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_______Contenidos útiles para la práctica registral._______Edita: Joaquín Delgado (Registrador de la Propiedad y Notario)

TITULAR:

RECUERDA QUE … Toda edificación ha de estar georreferenciada para poder comprobar si se ubica dentro de la finca y, en caso de que alegue prescripcion urbanística, comprobar sobre qué clase de suelo (ordinario o de especial protección) 

Contenido:

 

* * R. 13-12–2017 Toda edificacion ha de estar georreferenciada para poder comprobar si se ubica dentro de la finca y, en caso de que alegue prescripcion urbanística, comprobar sobre qué clase de suelo (ordinario o de especial protección) 

“a partir de la entrada en vigor de esta ley no es posible el acceso registral de declaración de edificaciones o instalaciones sin que en el título correspondiente conste la delimitación geográfica de su ubicación precisa.

Precisamente, entre las razones por las que la nueva ley exige la georreferenciación precisa de la porción de superficie ocupada por cualquier edificación o instalación que se pretenda inscribir en el Registro de la Propiedad, se encuentran, por una parte, permitir que la calificación registral compruebe si tal edificación o instalación se encuentra plenamente incluida, sin extralimitaciones, dentro de la finca registral del declarante de tal edificación, y por otra, que se pueda calificar en qué medida tal superficie ocupada pudiera afectar o ser afectada por zonas de dominio público, o de servidumbres públicas, o cuál sea la precisa calificación y clasificación urbanística del suelo que ocupa, determinante, por ejemplo, de plazo de prescripción –o de la ausencia de tal plazo– de la potestad de restablecimiento de la legalidad urbanística.

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